lunes, 27 de julio de 2009

LEONEL FERNANDEZ declara de emergencia nacional la canalización de varios ríos

El presidente Leonel Fernández declaró este viernes de emergencia nacional la canalización, adecuación y remoción de sedimentos en los Distritos de Riego del Alto Yaque del Norte, Bajo Yuna, Ozama, Nizao así como los valles de Azua y San Juan de la Maguana.
La medida está contenida en el decreto 530-09, que además señala al Bajo Yaque del Norte, Yuna-Camú, el Lago Enriquillo, Yaque del Sur y el Distrito del Este.
La disposición del Poder Ejecutivo, crea también una comisión para promover las canalizaciones en los ríos, corregir problemas de sedimentación en los cauces y embalses de forma sostenible con fines de reducir el riesgo de desastres que puedan afectar a la población, así como garantizar la protección de bienes y propiedades, además, la preservación de las infraestructuras hidráulicas y vial.
La misma la conformará el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), que será la entidad coordinadora, las Secretarías de Obras Públicas y Comunicaciones (SEOPC), Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial y el Consejo Nacional de Prevención, Mitigación y Respuestas ante Desastres.
“Considerando que es de alto interés nacional la implementación de labores para la prevención y mitigación de los riesgos de desastres como consecuencia de los actuales niveles de sedimentación de los lechos de los ríos en los principales distritos de riego del país”, dice el decreto emanado del Poder Ejecutivo.
Dicha comisión tendrá como funciones fomentar el desarrollo de capacidades institucionales y de instrumentos normativos y de regulación de los aspectos relativos a proyecciones y diseños de obras de encauzamiento de ríos, obras de defensa y protección de poblaciones y propiedades en las márgenes de los ríos y acciones preventivas.
Resalta el decreto que la comisión deberá promover la realización de estudios e investigaciones relacionados con la erosión en cuencas hidrográficas y los procesos de sedimentación de ríos y embalses.
También, patrocinar la ejecución de trabajos que permitan el aprovechamiento sustentable de los recursos hídricos en las cuencas hidrográficas que contemplen obras de rectificaciones y encauzamiento de los ríos, protección de riberas y de conservación y recuperación de embalses.
Señala que deberá aprobar cuando así se estime pertinente, el aprovechamiento de materiales extraídos, removidos o dragados de ríos y embalses y los recursos que éstos generen para obras de interés social y desarrollo comunitario, relacionados con el acondicionamiento de estructuras hidráulicas, de estructuras viales y de reforestación de las cuencas hidrográficas, así como la capacitación de las comunidades ubicadas en las áreas de incidencia de los ríos a ser intervenidos.

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